FALLO POR EL ABORTO
Legisladores porteños de la oposición calificaron de “ejemplar” al fallo de la jueza, Patricia López Vergara, que suspendió el protocolo de asistencia para los casos de aborto no punibles que implementó la gestión del PRO en la ciudad de Buenos Aires al considerarlo como un “exceso reglamentario”.
Legisladores porteños de la oposición calificaron este viernes de “ejemplar” al fallo de la jueza porteña que suspendió el protocolo de asistencia para los casos de aborto no punibles que implementó la gestión del PRO en la ciudad de Buenos Aires al considerarlo como un “exceso reglamentario”.
La justicia suspendió este jueves el protocolo del Gobierno porteño para la práctica del aborto no punible, ratificó lo aprobado por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y estableció pautas que se deberán seguir en los hospitales.
“El fallo de la jueza Patricia López Vergara restablece los derechos de la mujer contemplados en el Código Penal y la interpretación realizada por la Corte Suprema de Justicia el pasado 13 de marzo”, destacó el presidente de la Comisión de Salud de la Legislatura porteña, el diputado Jorge Selser.
López Vergara dio lugar a un amparo que presentó la diputada María Rachid, junto al abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, contra el protocolo sobre aborto no punible, al advertir “contradicciones y exceso reglamentario que evidenciaría” la resolución que fue firmada por el ex ministro de Salud porteño Jorge Lemus.
El fallo ratifica lo aprobado por la Legislatura en cuanto a que es el equipo médico, sin otra intermediación, el que fija la fecha límite gestacional; y que no es necesario el consentimiento de representantes legales de las jóvenes a partir de los 14 años para proceder a la intervención.
Además, se establece un plazo de 30 días a partir de la medida cautelar dictada ayer para que los profesionales de la salud que ejercen como efectores de salud notifiquen su objeción de conciencia.
“Celebramos este fallo que consideró inconstitucional y discriminatorio el protocolo del ex ministro de Salud, Jorge Lemus”, dijo Rachid.
Para Selser, “ahora, por más que el Gobierno porteño apele, la cautelar suspende el protocolo de Lemus y reemplaza varios de sus artículos, ratificando en un todo lo aprobado en la Legislatura”.
En tanto, la legisladora de Nuevo Encuentro María Elena Naddeo opinó que “el fallo es muy importante porque confronta el protocolo de Lemus con el artículo 86 incisos 1 y 2 del Código Penal, con los lineamientos fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y con las normas nacionales e internacionales”, lo que representa una buena noticia.
El fallo deja sin efecto los artículos 9 inc. A, último párrafo 9 inc B y el 13, 7, y el 18 y 19 del anexo I del protcolo “en atención a las contradicciones y exceso reglamentario que evidenciaría el Protocolo Nº 1252/12 del Ministerio de Salud del GCABA”.
En esa línea, Selser remarcó que el fallo judicial “cumple con los objetivos de la ley sancionada en la Legislatura porteña el 27 de septiembre y vetada luego por el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, el pasado 23 de octubre”.
“De esta manera, Macri sigue reproduciendo lo más anacrónico y fundamentalista del pensamiento para gobernar, en vez de contribuir en pos de una, sociedad moderna, civilizada y comprensiva”, opinó.
Para las organizaciones de derechos humanos que también acudieron a la justicia, las disposiciones del gobierno porteño “son ilegítimamente restrictivas y violatorias de los derechos humanos de niñas, adolescentes y mujeres”.
El amparo en este caso fue firmado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI).
“Esa incorporación de requisitos dispuesto en el protocolo de Lemus, para las organizaciones, tienen un solo fin: burocratizar y obstaculizar el acceso al aborto no punible, lo que traerá aparejado nuevos problemas a miles de niñas, adolescentes y mujeres”, sostuvieron al momento de presentar el amparo.