AUMENTO DE LUZ: QUIENES NO SUFRIRÁN LA SUBA
El gobierno publicó quiénes serán las personas que quedan excluidas del aumento.
El gobierno nacional publicó una nueva resolución en el Boletín Oficial acerca de la quita de subsidios a la luz y el aumento de la tarifa. Las novedades son tres: la boleta será mensual, quitarán los descuentos por ahorro de energía (PUREE) y determinaron que grupos sociales no serán afectados por el incremento.
Quiénes no pagarán:
• Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.
• Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM).
• Ser titular de programas sociales.
• Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
• Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239).
• Estar percibiendo el seguro de desempleo.
• Contar con certificado de discapacidad.
• Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.
• Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM).
• Ser titular de programas sociales.
• Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
• Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239).
• Estar percibiendo el seguro de desempleo.
• Contar con certificado de discapacidad.
Criterios de exclusión del beneficio:
• Cruce por padrón de fallecidos.
• Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando sea titular de más de uno.
• Padrón de Automotores —quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad.
• Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.
• Cruce por padrón de fallecidos.
• Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando sea titular de más de uno.
• Padrón de Automotores —quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad.
• Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.
Acerca del pago mensual, la resolución 7 es escueta: “El ENRE, en ejercicio de facultades propias, deberá disponer las medidas que fueren necesarias a efectos de implementar el pago mensual del servicio público de distribución prestado por EDENOR S.A. y EDESUR S.A. y las adaptaciones pertinentes de las reglamentaciones vigentes”.
En lo vinculado a la quita de los incentivos para bajar el consumo, la resolución establece: “Dejar sin efecto el PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (PUREE) y, a tales efectos derogar, a partir de la puesta en vigencia de los valores tarifarios que se definan en virtud de lo dispuesto en los Artículos 1° y 2° de la presente resolución”.
El PUREE era un programa que premiaba a los usuarios que bajaran el consumo en relación al mes anterior del mismo año. En muchos casos, este programa se sumaba a los descuentos por cortes y hacía que los consumidores no pagen sus tarifas.
Ahora, para premiar el consumo el gobierno los criterios fueron determinados por los artículos 5 y 6 de la resolución 6/2016, publicada el miércoles, y establece dos bandas de precios: una para los usuarios que hayan reducido la demanda entre 10% y 20% y otra para quienes hayan bajado el gasto más de un 20 por ciento.
Los premios al bajo consumo ahora no se basarán en la utilización del servicio en meses anteriores, si no que responderá a un sistema de precios de referencia del gobierno nacional, según estableció la resolución seis de la resolución 6 publicada el miércoles.