YA RIGE LA LEY DE INCENTIVOS PARA ALQUILAR EN LA CIUDAD
Se trata de exenciones de Ingresos Brutos, el Impuesto Inmobiliario y el ABL, y la disminución de la plusvalía en el sur de la ciudad. La exención impositiva de ingresos brutos es para contratos de alquiler con un tope de $ 220.000 y se puede aplicar hasta en tres propiedades. En tanto, la eximición del ABL y el impuesto inmobiliario es para las unidades alquiladas por hasta 36 meses o la duración del contrato. El beneficio es para contratos registrados en el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) que no superen los $ 220.000 y sean sobre propiedades con valor fiscal de hasta $ 10 millones.