PROPONEN CREAR UN PROGRAMA DE VACUNACIÓN CONTRA EN DENGUE EN LA CIUDAD

PROPONEN CREAR UN PROGRAMA DE VACUNACIÓN CONTRA EN DENGUE EN LA CIUDAD

El diputado Matías Barroetaveña presentó un proyecto de ley para crear un programa de vacunación contra el Dengue, con el fin de reducir la morbimortalidad por picaduras del mosquito Aedes aegypti
(transmisor de las enfermedades virales dengue, Zika, Chikungunya y Fiebre Amarilla) y
disminuir el riesgo de propagación de estas enfermedades transmitidas por mosquitos
(ETM) durante todo el año. Según el texto de la iniciativa las principales funciones del Programa de Vacunación son:
a) Atender la emergencia sanitaria causada por el aumento de casos de dengue en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
b) Garantizar una vacunación gratuita y efectiva contra el virus del dengue para
todos los habitantes de CABA a partir de los cuatro (04) años de edad a través de Puntos de
Vacunación distribuidos de manera equitativa.
c) Acercar el Programa de Vacunación a los barrios de menor poder adquisitivo de
la ciudad a través de una campaña territorial en los domicilios para brindar información
sobre prevención y vacunación contra el dengue, promoviendo la inscripción de los
ciudadanos en el turno para la vacunación.
d) Entregar repelentes y espirales contra los mosquitos y folletería informativa a las
personas y familias contactadas en la campaña territorial con el fin de que la población en
general tome conciencia de la importancia del uso de repelentes y la vacunación.
e) Priorizar en la entrega de repelentes y espirales gratuitos y en la aplicación de la
vacuna contra el dengue a adultos mayores, personas gestantes, trabajadores de parques,
plazas, cementerios y zonas al aire libre en general y personas que hayan sufrido con
anterioridad alguna de las ETM.
f) Promover el acceso a la información sobre la Campaña de Vacunación contra el
dengue a través de todos los CeSAC de CABA, garantizando la folletería y cartelería
necesaria, y disponer de repelentes y espirales gratuitos para entregar a los habitantes de
cada comuna. El Programa de Vacunación se complementará con las siguientes medidas de
prevención contra el mosquito:
a) Aumentar la información pública sobre la prevención del mosquito, los síntomas
de las ETM, los casos registrados de manera mensual y la cantidad de personas vacunadas,
a modo de evaluar en el mediano y largo plazo el impacto de la Campaña de Vacunación en
la población de CABA.
b) Promover, en conjunto con especialistas e instituciones de la sociedad civil, el
desarrollo de un mapa de zonas de alto, mediano y bajo riesgo que permita identificar
territorialmente las áreas de cada comuna más propensas a la proliferación del mosquito
Aedes Aegypti.
c) Reforzar los esquemas de fumigación y eliminación de criaderos en las zonas
proclives a la reproducción y el mantenimiento del mosquito Aedes Aegypti.
Artículo 4° – Autoridad de aplicación. Implementación y reglamentación:
a) El Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación del Programa de
Vacunación contra el dengue, la cual deberá articular y coordinar la implementación de la
misma con cada una de las quince comunas y los organismos públicos y privados
correspondientes.
b) El Poder Ejecutivo será el responsable de reglamentar el Programa de
Vacunación contra el mosquito Aedes aegypti.

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