NO LIMITAR
Un fallo rechazó el pedido por parte del Gobierno de la Ciudad de no pagar 800 pesos en concepto de adelanto a la UBA para realizar pericias psicológicas a una familia en situación de calle. De acuerdo con lo dispuesto por el Juez interviniente la Procuración General porteña debe respetar el principio constitucional de garantizar el acceso a la justicia de todos los habitantes.
La justicia porteña rechazó un recurso de reposición impulsado por el Gobierno de la Ciudad contra el pago de 800 pesos en concepto de adelanto a la UBA para realizar pericias psicológicas a una familia en situación de calle que perdió uno de sus hijos. De acuerdo con una disposición del juez Víctor Trionfetti, la Procuración General local debe respetar el principio constitucional de garantizar el acceso a la justicia de todos los habitantes, atendiendo especialmente los casos de pobreza.


En el marco de una demanda por daños y perjuicios presentado por una familia en situación de calle en reclamo por la muerte de uno de sus hijos, un bebé de menos de un mes, que vivía con el grupo familiar debajo de una autopista , el juez Víctor Rodolfo Trionfetti, titular del juzgado N° 15 del fuero Contencioso Administrativo y Tributario, rechazó un recurso de reposición impulsado por la Procuración General de la ciudad de Buenos Aires contra una disposición en la cual el magistrado fijó el pago de 800 pesos a la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Buenos Aires (UBA) como anticipo de gastos para la realización de un peritaje psicológico a los padres y hermanos del menor fallecido. 
Según lo dispuesto por el juez, esa suma debía ser depositada por el Gobierno de la Ciudad en el término de cinco días bajo apercibimiento de aplicar sanciones pecuniarias, sin embargo la Procuración cuestionó la orden dictada, a pesar de que la familia actora posee el beneficio de litigar sin gastos. “Los argumentos esgrimidos por el Estado recurrente, carecen de entidad para variar el criterio sustentado en la providencia de fs. 1171 vta., punto II y, por lo tanto, corresponde rechazar el recurso de reposición interpuesto contra lo allí dispuesto”, sostuvo el juez Trionfetti.
El magistrado destacó que las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad -adoptadas por el sistema legislativo argentino- también rigen para la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remarcó que según el artículo 12 inciso 6 de la Constitución local, la Ciudad “garantiza constitucionalmente el acceso a la justicia de todos sus habitantes”.
“Cabe recordar, asimismo, que de acuerdo con las Reglas de Brasilia, ‘la pobreza constituye una causa de exclusión social, tanto en el plano económico como en los planos social y cultural, y supone un serio obstáculo para el acceso a la justicia especialmente en aquellas personas en las que también concurre alguna otra causa de vulnerabilidad’ (Regla n° 15) y que la Procuración General, como sujeto destinatario de las Reglas mencionadas (Regla n° 24), debe colaborar para la real, leal y efectiva puesta en valor de los entandares que se fijan en tales disposiciones (Regla n° 85)”, consideró el juez Víctor Trionfetti.
Por otro lado, el magistrado señaló que la Ciudad cuenta para este año con un presupuesto de más de 80 mil millones de pesos, y que la suma exigida por el Gabinete Pericial de la Facultad de Psicología de la UBA se trata de un “anticipo” de gasto, no de un gasto efectivo de ochocientos pesos. “Entiendo que no existe agravio suficiente, real y digno de atención”, sostuvo el juez rechazando los argumentos expuestos por los abogados representantes del Gobierno porteño.
Cabe puntualizar que la familia, conformada por una pareja y sus cinco hijos, vivía bajo la autopista 25 de Mayo al momento del fallecimiento de su hijo menor, y reclamó al Gobierno de la Ciudad una indemnización por daños psicológicos producto de dicha pérdida. Para constatar tales perjuicios, el juez encomendó un informe al Gabinete Pericial de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires. Tal entidad fijó en ochocientos pesos el anticipo de gastos para la realización del peritaje, suma a depositar por el Gobierno.

Si bien el magistrado rechazó modificar o dejar sin efecto el pago de 800 pesos como adelanto para la realización de una pericia psiquiátrica, la Procuración porteña planteó un recurso de apelación en subsidio, por lo que ahora será la Cámara la que deberá resolver si, en una causa en la que el actor tiene sentencia firme para litigar sin gastos, el Gobierno de la Ciudad debe hacerse cargo del pago de un peritaje psicológico para definir si la familia sufrió o no un daño ante la muerte del menor de sus hijos.

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