EMERGENCIA ENERGÉTICA
Buscan firmas para poder convocar a una sesión especial de la Legislatura porteña para debatir proyectos para declarar la Emergencia Energética en la ciudad de Buenos Aires. La misma es impulsada por los diputados Pablo Bergel, Gustavo Vera y Marcelo Ramal, y sólo tendría cinco firmas.
Los diputados Pablo Bergel y Gustavo Vera (Bloque VerdeAlameda) presentaron este jueves un proyecto de ley para declarar la Emergencia Energética en la ciudad de Buenos Aires.
Además, junto al diputado Marcelo Ramal (FIT) -quien también presentó un proyecto en el mismo sentido- y otros legisladores de diferentes bloques están reuniendo las 20 firmas necesarias para poder llamar a una sesión especial de la Legislatura para el día viernes 27 próximo, para tratar las iniciativas.
Según el texto del proyecto de Bergel y Vera el mismo “tiene como objeto establecer el marco normativo para la declaración de la emergencia energética de la Ciudad o de una zona o área de la misma con el fin de garantizar la provisión esencial del servicio de electricidad. A tal fin, regular el funcionamiento de establecimientos industriales y comerciales, la ornamentación de organismos públicos, privados y de monumentos; la publicidad mediante carteles luminosos en la vía pública y la realización de eventos masivos, en situaciones de emergencia energética, con el fin de garantizar el abastecimiento de usuarios y consumidores según un criterio de justicia, solidaridad y equidad y con especial atención del sistema de salud y los grupos vulnerables como adultos mayores, niños, enfermos y personas con necesidades especiales y los habitantes de barrios precarios”.
Asimismo, se crea el Comité de Emergencia Energética que estará coordinado por un representante del Poder Ejecutivo de la Ciudad y estará compuesto por representantes de la Legislatura, de las Juntas Comunales, del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad y de la Dirección de Defensa Civil de la Ciudad. Se invitará a participar del mismo a las asociaciones de consumidores, asociaciones vecinales, Universidades Nacionales, el INTI e instituciones de investigación y organismos de control.
El Comité, que tendrá carácter honorario, se reunirá periódicamente, al menos, una vez por mes y, ad hoc ante cada emergencia energética lo cual deberá realizarse en el plazo de 24 horas de acaecida la misma. La convocatoria estará a cargo del representante del Poder Ejecutivo, o a solicitud de la mitad de los integrantes del Comité.
Sus funciones serían:
a) Realizar todas las acciones y gestiones de carácter preventivas y de contingencia que resulten necesarias para evitar los cortes de suministro por sobrecarga; garantizar la provisión de fluido eléctrico para cubrir las necesidades de hospitales y centros de salud; restringir el uso suntuario y priorizar la potencia energética disponible según criterio de justicia, solidaridad y equidad con especial atención de los sectores de salud y los sectores más vulnerables como adultos mayores, niños, enfermos y personas con necesidades especiales y los barrios precarios.
b) Proponer y recomendar al Poder Ejecutivo las distintas acciones y medidas establecidas en las alertas amarilla, naranja y roja.
c) Solicitar, generar y difundir información técnica.
d) Solicitar a los Entes reguladores sectoriales, nacionales y de la CABA, el detalle de las sanciones aplicadas, especificando causa, fecha y monto de las mismas; como así también las sanciones aplicadas y que no han sido canceladas por las empresas privatizadas y concesionadas;
e) Realizar las acciones necesarias para proteger adecuadamente los derechos de los usuarios y consumidores en todo aquello en que pudieran resultar afectados por la prestación del servicio implicado, velando por su adecuada calidad y la seguridad del usuario en su utilización;
Asimismo, establece que los estados de emergencia energética serán catalogados como alertas Amarillo, Naranja y Rojo:
a) Alerta Amarilla, se dispara cuando la situación meteorológica prevea eventos climáticos extremos que conllevan gran demanda energética. Deberá lanzarse una amplia campaña pública preventiva dirigida al ahorro y eficiencia energética por parte de los usuarios y consumidores, intensificando notablemente las campañas permanentes.
b) Alerta Naranja se dispara cuando eventos climáticos extremos u otras eventualidades naturales o antrópicas eleven la demanda energética a tal punto que la provisión de fluido eléctrico esté en serio riesgo de ser distribuida con normalidad. Durante la vigencia del estado naranja de la emergencia energética deberán suspender el consumo eléctrico, en los términos, horarios y condiciones que establezca el Poder Ejecutivo o el
Comité de Crisis:
I) Los grandes consumidores, entre ellos los centros comerciales de más de 2.500 mts cuadrados cubiertos. Quedan exceptuados de esta categoría, a los efectos del presente inciso, todos los establecimientos de salud, tanto públicos como privados;
II) La iluminación ornamental de edificios públicos, privados y de monumentos.
III) La iluminación de carteles de publicidad de todo tipo en la vía pública
IV) La realización de eventos masivos.
V) La iluminación de vidrieras y marquesinas.
VI) Otras medidas que se decidan dentro del Comité de Crisis o proponga el Poder Ejecutivo.
c) Alerta Roja, se dispara cuando ya se producen interrupciones de servicio, localizados o generalizados, donde, además de las medidas establecidas en los alertas amarilla y naranja, se activará un sistema para garantizar la prestación rotativa de grupos electrógenos, a cargo de personal especializado, en las zonas afectadas para la puesta en marcha de las bombas impulsoras de agua permitiendo el llenado de los tanques de reserva y el funcionamiento transitorio de -al menos- un ascensor por edificio.
La propuesta también plantea que “en el término de diez días de declarada la alerta naranja, la jurisdicción competente convocará a una audiencia pública por Comuna con el objeto de: a) Informar a la población de las implicancias y alcances de la emergencia energética; b) habilitar un espacio institucional para que todos aquellos afectados por la emergencia expresen su opinión y reclamos; y c) complementar el conocimiento técnico-político que posee la administración pública y lograr consensos.
El proyecto posee cinco cláusulas transitorias. La primera declara la Emergencia Energética en todo el territorio de la Ciudad hasta el 21 de marzo de 2014, en los términos establecidos en la presente ley y a efectos de garantizar la provisión y el suministro de los servicios públicos de electricidad. El plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo en acuerdo o a propuesta del Comité de Emergencia Energética.
La tercera plantea que el Poder Ejecutivo de la Ciudad promoverá la colocación de módulos fotovoltaicos a los edificios de más de seis pisos con el objeto de proveer el auto-consumo para abastecer de fluido eléctrico a servicios básicos como bomba impulsora de agua e iluminación de espacios comunes.
En tanto, la cuarta fija que en un mes de sancionada la ley, los grandes consumidores energéticos de la Ciudad, especialmente los centros comerciales de más de 2.500 metros cuadrados cubiertos, deberán presentar ante el Poder Ejecutivo de la Ciudad un plan de ahorro y eficiencia energética y para la obtención de la electricidad que consumen en energías alternativas en la mayor proporción posible.
Por último, se instruye a la Procuración General de la Ciudad a iniciar una demanda contra las empresas suministradoras de energía eléctrica y demás responsables por el daño colectivo causado por el deficiente servicio de prestación de energía y cuyo resarcimiento será destinado para el goce y uso colectivo, sin perjuicio de las acciones que los perjudicados individuales realicen. Se invitará a adherir a esta acción a las asociaciones de consumidores y organizaciones no gubernamentales y a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad.
Por su parte, el diputado porteño Alejandro Bodart (MST-Nueva Izquierda) presentó un proyecto de ley en el mismo sentido pero incluye también “un plan urgente para instalar generadores, hacer las reparaciones necesarias e intervenir a las empresas Edenur y Edesur, que son co-responsables de esta crisis junto al Gobierno nacional”. Bodart agregó: “Para costear la ley mi propuesta es anular las exenciones fiscales a empresas, así como gravar el juego y la renta financiera. La declaración de emergencia debe ser un primer paso para avanzar hacia la reestatización de todo el sistema energético bajo control social”.
Lamentablemente el diputado desconoce u omite que la Legislatura no puede intervenir dichas empresas, dado que es una potestad nacional.