DNU POR LAS INUNDACIONES
A última hora de este viernes ingresó en la Legislatura porteña el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1/13 anunciado por el jefe de Gobierno Mauricio Macri, al que accedió adnciudad.com. El mismo tiene trece artículos y establece, además de lo ya mencionado, que no es necesario estar al día con los impuestos para recibir el subsidio por inundaciones.
Este viernes por la tarde ingresó en la Legislatura porteña el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1/13. El mismo, tal como anunció el jefe de Gobierno Mauricio Macri, crea el Régimen Especial de Subsidios para Damnificados por la catástrofe meteorológica extraordinaria ocurrida los días 1º y 2º de abril de 2013. El objeto del mismo es atender las necesidades de los damnificados directos por los daños directos ocasionados por las inundaciones y anegaciones generadas por el fenómeno meteorológico acontecido.
El DNU sostiene que las personas directamente afectadas podrán solicitar el otorgamiento de un subsidio para atender y paliar los daños que hubieran sufrido, en forma indistinta, en bienes muebles, bienes registrables o bienes inmuebles. El subsidio consistirá en una suma de dinero que deberá ser determinada por el Poder Ejecutivo.
Además, confirma que no es necesario -en esta oportunidad- acreditar que los inmuebles y los automóviles afectados tengan al día los impuestos, tanto en concepto de ABL como de Patentes y multas.
En el caso de habitantes de núcleos habitacionales transitorios, villas de emergencia, asentamientos de la Ciudad u ocupantes deberá acreditarse el domicilio habitual y permanente, quedando exceptuados de cualquier otro requisito.
El subsidio debe solicitarse dentro de los 20 días hábiles de producido el daño como es requisito actualmente, pero se establece que si la autoridad de aplicación no se expide dentro del plazo de 30 días hábiles de recibida la solicitud, se considerán reconocidos por el Gobierno de la Ciudad los daños denunciados y expedido el pago del subsidio que se determine.
Asimismo, se plantea que los fondos públicos que se destinen a este régimen especial podrán alcanzar hasta un monto equivalente al cinco por ciento de la recaudación anual en concento de ABL.
También, entre otros puntos, se sostiene que se otorgará a los damnificados directos del subsidio, una exención del 100% del impuesto de ABL por seis meses.
Además, Macri firmó un decreto reglamentario donde se dan más detalles del régimen especial como, por ejemplo, el aumento del tope de los subsidios que pasará de ocho a veinte mil pesos.
Si bien los diputados de la oposición consideraron importante que el jefe de Gobierno Mauricio Macri haya recapacitado en lo que respecta a la ayuda impositiva para los damnificados por el temporal, consideran que lo que establece el decreto es insuficiente.
En ese sentido, el diputado Alejandro Bodart (MST en Proyecto Sur) -autor de uno de los proyectos para resarcir a los damnificados- expresó: “Nos parece bien que tras decirnos ‘populistas’ y que ‘no se podía’ finalmente haya cedido, pero es insuficiente y tiene que aflojar más la mano. Ante un desastre así la Ciudad debe sacar recursos de donde sea para responder a la necesidad de la gente”.
Y agregó: “En la próxima sesión insistiremos en que la exención del ABL sea por un año, el subsidio sea acorde al daño, se exima de Patentes a los autos dañados y haya un subsidio especial a las familias de los fallecidos”.