TERMINO EL LITIGIO EN PUERTO MADERO

Luego de 14 años de disputa judicial, la Corporación Antiguo Puerto Madero y el Colegio Nacional Buenos Aires llegaron a un acuerdo en el conflicto que mantenían por un predio donde funcionada el campo de deportes de la histórica institución. La Corporación no apelará la decisión de la Justicia por lo cual el lugar en cuestión quedará para el colegio.

El nuevo Directorio de la Corporación Antiguo Puerto Madero SA por unanimidad decidió no recurrir -por la vía del recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación- el fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, con lo cual se pondrá fin a casi 14 años de litigio entre la UBA y dicha sociedad. El Colegio Nacional de Buenos Aires se quedará -sin controversias- con el Campo de Deportes ubicado en Puerto Madero.

La Corporación aceptó la sentencia de la Cámara que reconoce a la Universidad de Buenos Aires el derecho de dominio sobre el Campo de Deportes del Colegio Nacional de Buenos Aires. Se trata de un predio de casi 20.000 metros cuadrados ubicado en Avenida de Los Italianos y Macacha Güemes, en Puerto Madero, que ha vendido ocupando el Colegio Nacional de Buenos Aires para su campo de deportes desde hace varios años, en virtud de  sucesivos decretos y leyes que le asignaban el uso para ese destino. 

Luego, por una ley dictada en 1935 se declararon de propiedad de la UBA todos los inmuebles que ocupaban sus dependencias. Sin embargo, la UBA nunca inscribió a su nombre el inmueble correspondiente al campo de deportes del colegio. 

Por ello, dicho bien, no fue excluido de la trasferencia de tierras en propiedad, que el Estado Nacional en el marco de la Ley 23.696 realizó en 1989 a favor de la Corporación Antiguo Puerto Madero SA.

Esta última cumplió con escriturar e inscribir el inmueble a su nombre. Luego (en 1998) llegó el reclamo de la UBA que solicitó la nulidad e imposibilidad de la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de la Corporación,  y la posterior inscripción a su nombre. 

El conflicto jurídico planteado fue calificado por la Cámara como una cuestión novedosa y compleja, razón por la cual confirmó la distribución de las costas por su orden. Además, la Corporación se comprometió a facilitar todo lo necesario para que se practique la mensura del predio y la respectiva inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble.


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