TOLERANCIA CERO

Por amplia mayoría la Legislatura porteña aprobó, entre otras iniciativas, un proyecto por el cual el conductor principiante de cualquier tipo de vehículo no podrá manejar con más de 0,0 gramos de alcohol por litro de sangre. La ley sancionada por 41 votos positivos y 3 negativos pertenece al diputado Claudio Palmeyro.

El Cuerpo aprobó este jueves por la noche la modificación del artículo 3.2.7 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad. De esta forma, el conductor que obtiene su licencia por primera vez, tanto para motovehículos o para automóviles, tiene la condición de conductor principiante por dos años.

En tanto, durante los primeros seis meses debe conducir llevando visible en la parte inferior del parabrisas y la luneta del vehículo, un distintivo de 10 por 15 centímetros con la letra "P" en color blanco sobre fondo verde que identifica su condición de principiante. El distintivo es entregado por la entidad otorgante junto con la licencia habilitante. En esos seis primeros meses, no podrá circular por arterias donde se permitan velocidades superiores a 70 kilómetros por hora.

Durante todo el período en que mantenga la condición de Conductor Principiante, deberá observar los "Niveles de alcohol en sangre para conductores" previstos en el artículo 5.4.4 de éste Código. La condición de Conductor Principiante y las restricciones que de ella se desprenden, se aplica a todos quienes circulen por la Ciudad de Buenos Aires, con independencia de la jurisdicción que haya otorgado la Licencia, aún cuando en éstas la condición de Conductor Principiante tenga una duración diferente o no contemple tal condición."

Asimismo, se modificó el artículo 5.4.4 del mismo Código, quedando el siguiente texto: "está prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con más de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre. Para quienes conduzcan motovehículos, queda prohibido hacerlo con más de 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre. Para quienes conduzcan vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga; o sean Conductores Principiantes, queda prohibido hacerlo con más de 0,0 gramos de alcohol por litro de sangre."

Además, se aprobó una declaración en la que la Legislatura vería con agrado que la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte impulse ante el Consejo Federal de Seguridad Vial la aplicación de una tasa de alcoholemia de 0,0 gramos de alcohol por litro de sangre para conductores principiantes y la extensión de tal condición a dos años en todos los estados provinciales y el impulso de la correspondiente adecuación normativa en la legislación nacional.

La votación fue sobre la base un despacho de mayoría propuesto por la Comisión de Tránsito y Transporte a iniciativa del diputado Claudio Palmeyro (SPeronista), y obtuvo 41 sufragios positivos y 3 negativos.

Al respecto, la diputad del PRO Raquel Herrero expresó: "Tenemos la obligación, como Estado, de educar y cuidar a los nuevos conductores para que sean más responsables. Lo que se busca con esta ley es lograr una conducta responsable de que cuando va a conducir no se debe tomar alcohol. De esta manera  estaremos contribuyendo a educar a los principiantes, sea cual sea la edad, en los valores centrados en el respeto a la vida propia y de los otros".

Y agregó: "Si hemos logrado en estos años bajar mas del 1,5% los casos de conductores alcoholizados, debemos aspirar a que nuestros nuevos conductores  incorporen la cultura de no tomar si van a conducir y este es el espíritu de esta ley".

También se aprobó una ley, expediente propuesto en 2011 por el Jefe de Gobierno con despacho de la Comisión de Tránsito y Transporte, en la cual se asigna doble sentido de circulación asimétrico a los siguientes tramos de arterias: Avenida Jujuy entre la Avenida Belgrano y la Avenida Rivadavia y, la Avenida Pueyrredón entre Avenida Rivadavia y la calle Azcuénaga. En otros 13 artículos se asignaron vías preferenciales, prohibición de circulación, prohibición de colocación de vallas, etc.

Por otra parte, se sancionó por 25 votos positivos y 16 abstenciones una declaración en la que solicita al Poder Ejecutivo que, mediante los organismos técnicos correspondientes, adopte medidas para mejorar la capacidad de la Avenida Pueyrredón en el sentido Norte – Sur para el transporte público de pasajeros.

En el mismo sentido se votó positivamente con 37 votos a favor y 4 abstenciones, una resolución en la cual la Legislatura porteña solicita al Poder Ejecutivo que, en el término de 30 días de recibida la norma, informe acerca de las medidas adoptadas para solucionar los problemas de accesibilidad de los usuarios de transporte público de pasajeros a las paradas ubicadas en la Avenida Pueyrredón entre Avenida Rivadavia y Azcuénaga.

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