AUMENTAN LOS PEAJES DE LA CIUDAD
A partir del próximo sábado regirá un nuevo cuadro tarifario en las autopistas 25 de Mayo, Perito Moreno, Illia y Alberti. Este lunes fue publicado el decreto que autoriza las subas. Las tarifas de pago manual son un 25% más caras que las de pago AUPASS para profundizar el sistema automático.


Mediante el decreto 42/14 el jefe de Gobierno Mauricio Macri autorizó a la empresa Autopistas Urbanas SA (AUSA), concesionaria de obra pública de la Red de Autopistas y Vías Interconectadas de la Ciudad y Puentes de Conexión Física con la provincia de Buenos Aires, a readecuar el cuadro tarifario.
Según sostienen los fundamentos del mismo “el cuadro tarifario propuesto no persigue solamente la preservación de la ecuación económico-financiera de AUSA sino que, adicionalmente, apunta a emitir una señal económica tendiente a morigerar los niveles de congestión del tránsito en horario pico, señal que ha sido acompañada por el Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI), por lo cual se propicia mantener los beneficios observados con la implementación de la tarifa diferencial por segmento horario”
Asimismo, con el fin de profundizar el uso del sistema automático de paso por las estaciones de peaje (AUPASS), las nuevas tarifas de pago manual son un 25% más onerosas que las de pago AUPASS.
Por otra parte, AUSA solicitó que se modifique el Reglamento de Explotación, aprobado por el Decreto Nº 2.356/03, adecuando el mismo a la normativa sancionatoria específica que rige la situación de los usuarios que no procedieren al pago del peaje.
En se sentido se consideró conveniente disponer que frente a la falta de pago de la tarifa “la Concesionaria tiene derecho a detener el vehículo -incluso por medios mecánicos que no lo dañen- que a su paso por la estación de peaje no abone la tarifa y hasta que abone el importe previsto”. El Cuerpo de Agentes de Tránsito o el organismo que lo reemplace en el futuro y las fuerzas de seguridad y policiales, deberán prestarauxilio al Concesionario a efectos de dar cumplimiento de lo aquí dispuesto y en orden a lo prescripto por la reglamentación citada. Si el Usuario del vehículo no cuenta en ese momento con los medios económicos necesarios para abonar la tarifa de peaje, se le aplicará la multa prevista en el apartado 6.1.35 del Régimen de Faltas de la Ciudad.

Además el concesionario podrá utilizar equipos foto-detectores u otros sistemas análogos que cumplan con las normas vigentes al respecto y sean previamente aprobados por el concedente, a efectos de captar los pasos fraudulentos por las cabinas de peajes de usuarios que no abonen la tarifa de peaje, sirviendo la constancia que emita el equipo como prueba suficiente para demandar el cobro de la tarifa de peaje y sus recargos y para detener el vehículo.

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